Artículos
Jueves 10 de Septiembre de 2009
Procedimiento de Emisión y Administración de Certificados Digitales de AFIP
Por Canosa Abogados
El 3 de agosto de 2009 dictó la resolución N° 2.651 (la “Resolución”), de la Administración Federal de Ingresos Públicos (la “AFIP”), que regula el procedimiento para la emisión y administración de certificados digitales (los “Certificados”).
La Resolución regula el procedimiento para la solicitud, aprobación, aceptación, renovación, y revocación de los Certificado relacionados con la actividad de la AFIP.
La obtención de los Certificados deberá hacerla el solicitante en la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar).
Pasados treinta (30) días corridos a partir de la fecha de suscripción del formulario de adhesión, el solicitante deberá presentar el mismo junto con la documentación correspondiente en el puesto de atención seleccionado.
Si la solicitud fuera aceptada, el solicitante recibirá una “Clave de Activación”, con la cual se podrá aceptar el certificado, en la página web de la AFIP colocando el “Código de activación” otorgado.
Los Certificados tendrán validez por el término de dos (2) años contados desde la fecha de su emisión y podrán renovarse dos (2) veces por lapsos similares.
El primer puesto de atención al cliente se habilitará en la calle Hipólito Yrigoyen 370, Planta Baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Resolución entró en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.
Abogados.com.ar Agradece la Colaboración del Estudio Canosa Abogados
www.canosa.com.ar
Opinión
La norma que no se podía aplicar: La solución que brinda el Decreto 5/2026 y la paradoja de las exclusiones en contrataciones públicas
Por
Ignacio Adrián Lerer (*)
opinión
ver todos
Reparación integral post-Ley de Bases: El retorno de la doctrina Aquino en la jurisprudencia laboral
Por Florencia Durán (*)
elDial.com
elDial.com
Por Soledad Gonzalez
Barreiro
Barreiro
Por Carlos Rozen (**)
detrás del traje
De BAKER MCKENZIE
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES



















































































































