Prohíben Alquilar Temporariamente a Turistas
La Justicia Civil prohibió el alquiler temporario de un departamento a un grupo de turistas extranjeros, tras considerar que la renta temporaria afectaba las reglas de convivencia del edificio, prohibiendo a la propietaria del mismo, celebrar este tipo de contratos. La decisión fue adoptada por la jueza nacional en lo civil María Cristina Batani, quien tomó dicha decisión luego de una demanda presentada por los vecinos del edificio quienes se encontraban molestos por las fiestas organizadas en tal lugar en horas de la madrugada. El consorcio de propietarios de Callao 626, reclamaron para que no se permita a la propietaria de la locación seguir alquilando por breves períodos a turistas extranjeros, debido a que se alteraba la tranquilidad del lugar a raíz de las fiestas organizadas a la madrugada y la utilización de espacios comunes del edificio. El  departamento en cuestión que posee alrededor de 200 metros, era alquilado a contingentes de entre cinco a siete turistas, llegando a ser ocupado por más de una docena de personas cuando se producían tales eventos. La magistrada expresó que se excluía del reglamento de copropiedad la posibilidad de alquiler de habitaciones amuebladas o casas de pensión, tras considerar que con ello se alteraba la normal convivencia. Por su parte, la propietaria de la unidad había argumentado que la ley de locaciones urbanas autorizaba el alquiler de las unidades por plazos inferiores a los dos años. Sin embargo, en la sentencia, la jueza recordó que el derecho de propiedad puede ser restringido, cuando se violan derechos de terceros, por razones de seguridad o estéticas.

 

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