Prórroga del Régimen de Regularización del Empleo No Registrado
colombres-vayo.gifPor  Lucas I. Grebenar del Carril - Colombres - Vayo & Zavalía Lagos Abogados El pasado 31 de Julio se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 1018/2009 mediante el cual se prorroga desde el 1º de agosto de 2009 y por un plazo de 180 días corridos el plazo para la regularización de trabajadores en el marco del Capítulo I Título II de la ley 26.476. Recordamos que la normativa citada permite acogerse a los siguientes beneficios: a) Mediante la registración de la relación laboral, la rectificación de la real remuneración o de la fecha de inicio de la misma, se produce la liberación de infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza; b) Las deudas originadas en la falta de pago de aportes y contribuciones (capital e intereses) tendrán el siguiente tratamiento: -Por los primeros 10 trabajadores registrados: se extingue la deuda  originada en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la Seguridad Social (SIJP, PAMI, Seguro de Salud, Fondo Nacional de Empleo, Obras Sociales, Asignaciones Familiares, Renatre, LRT, cuotas sindicales ordinarias y extraordinarias); -A partir del trabajador 11 y siguientes: la deuda por aportes y contribuciones devengados hasta noviembre de 2008, inclusive, se podrá cancelar, al contado o en un plan de facilidades de pago. c) El trabajador puede computar hasta 60 meses de servicio o la menor cantidad de meses por las que se los regularice, para la obtención de la Prestación Básica Universal. Abogados.com.ar Agradece la Colaboración del Estudio del Carril - Colombres - Vayo & Zavalía Lagos Abogados www.ccvz.com.ar

 

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