Ratifican Multa contra Empresa de Telefonía Celular
La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires ratificó la sanción establecida por Defensa del Consumidor a una empresa de telefonía celular, como consecuencia del incumplimiento de una de las obligaciones establecidas en la Ley de Defensa del Consumidor. La empresa Compañía de Radiocomunicaciones Móviles S.A. (Movicom), quien fuese absorbida por Telefónica Móviles de Argentina (Movistar), había sido sancionada con una multa de 200 mil pesos por la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires, a raíz del incumplimiento del artículo 4º de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. Dicho organismo, había considerado que la compañía no había cumplido con la obligación contenida en el mencionado artículo, la cual le impone a las empresas la obligación de suministrar a los consumidores en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, así como las condiciones de su comercialización. El incumplimiento de la mencionada obligación se habría debido a que la compañía se encontraba cobrando los cargos de “gestión de cobranza” e “interrupción del SCM”, sin haber aclarado de manera específica el precio que debía pagarse efectivamente. Por otro lado, al momento de aplicarse la multa, la empresa fue intimada a que en el plazo de treinta días hábiles de notificada, modifique o suprima las cláusulas que se refieren a reconexión de la solicitud de servicios, vigencia, garantía, derecho de admisión, pago, facturación de servicio y responsabilidad, debido a que las mismas habían sido consideradas abusivas. La apelación presentada por la empresa, fue desestimada, configurándose un importante precedente para la acción colectiva de Defensa del Consumidor.

 

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