Resulta procedente el derecho al pronto pago al rubro “horas extras”

En la causa “Motoben S.A. s/ Quiebra s/Incidente de verificación de crédito de Martínez, Leonardo Sebastián”, el incidentista apeló la resolución de grado que denegó el derecho al pronto pago al rubro “horas extras”.

 

Las magistradas de la Sala B sostuvieron que “el rubro “horas extras” fue expresamente reconocido por este Tribunal a fin de determinar la justa remuneración mensual, normal y habitual -LCT: 245-“.

 

Como consecuencia de ello, las Dras. Matilde E. Ballerini, Ana I. Piaggi y María L. Gómez Alonso de Díaz Cordero consideraron que “de ese modo, y como componente normal y habitual de la remuneración, debe ser incluida entre aquéllos rubros beneficiados con el derecho a “pronto pago””.

 

En el fallo del 29 de mayo pasado, la mencionada Sala decidió admitir la apelación presentada.

 

 

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