Salario Mínimo, Vital y Móvil: Incremento a Partir del 1 de Agosto de 2009
logo-marval.gifEstudio Marval, O’Farrell & Mairal Departamento de Derecho Laboral Responsable Dr. Javier E. Patrón En el día de ayer se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 2/2009 ("La Resolución") del Consejo Nacional del Empleo, Productividad y Salario Mínimo, Vital y Móvil, la cual resolvió incrementar el Salario Mínimo, Vital y Móvil. La Resolución fija para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúa como empleador, un Salario Mínimo, Vital y Móvil, excluidas las asignaciones familiares, de la siguiente manera: -A partir del 1 de agosto de 2009, en PESOS MIL CUATROCIENTOS ($ 1.400) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de PESOS SIETE ($7) por hora, para los trabajadores jornalizados. -A partir del 1 de octubre de 2009, en PESOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($1.440) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de PESOS SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($7,20) por hora, para los trabajadores jornalizados. -A partir del 1 de enero de 2010, en PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1.500) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de PESOS SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 7,50) por hora, para los trabajadores jornalizados. Dicho Salario Mínimo, Vital y Móvil será percibido en forma proporcional por los trabajadores contratados a tiempo parcial y los trabajadores contratados con jornada reducida. Abogados.com.ar Agradece la Colaboración del Estudio Marval, O´Farrell & Mairal. www.marval.com.ar

 

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