Sobreseen a Elisa Carrió en un Proceso Penal por Injurias Iniciado por Aníbal Fernández

Tras los cambios legales en esa figura penal, la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal sobreseyó a la diputada Elisa Carrió en un proceso penal por injurias que le había iniciado el jefe de Gabinete Aníbal Fernández.

 

La Sala II de la Cámara Federal porteña consideró que se encontraba extinguida la acción luego del cambio legislativo que modificó los delitos de calumnias e injurias, exceptuándolos de penalidad cuando la expresión ofensiva se relaciona con asuntos de interés público.

 

En la causa “Carrió, Elisa María Avelina s/ excepción de falta de acción”, los camaristas explicaron que “el 26 de noviembre de 2009 se han modificado los supuestos abarcados por los artículos 109 y 110 del Código Penal, que si bien no estaban vigentes al momento de los hechos denunciados deben serles aplicados retroactivamente toda vez que así lo impone el artículos 2 de ese cuerpo normativo”.

 

Los camaristas explicaron que tras la modificación de dicha figura “se abren mayores posibilidades de evaluar en cada caso la concurrencia o no de ilícito en el marco propio de la excepción planteada, por cuanto a fin de resolver esta cuestión deberá contrastarse si el calificativo empleado por la querella, que el demandante reputa como lesivo a su honor guarda relación con un asunto de interés público, puesto que, tal como señala la recurrente, la figura penal no impone otro requisito distinto del enunciado a fin de excluir la configuración del delito de injurias”.

 

En base a ello, los jueces consideraron con relación al hecho que dio origen a la denuncia que “en la entrevista periodística referida se estaba preguntando a la denunciada, en su carácter de líder de una fuerza política su parecer acerca de temas vinculados con asuntos concernientes al interés de la ciudadanía en general y en particular sobre las características de idoneidad que deben reunir los funcionarios para ser designados al frente de los distintos ministerios del Poder Ejecutivo Nacional”, remarcando que de ello surge claro que “sus dichos revistieron su opinión en torno a una autoridad pública en lo tocante a sus actividades como tal”, por lo que resolvieron que debía concluirse que las manifestaciones vertidas por Carrió resultaban atípicas.

 

 

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