Resuelven que no se debe acreditar el agotamiento de la ejecución individual en sede laboral para que proceda la petición de quiebra

Debido a que el juez de grado condicionó el avance de la causa a la conclusión de la ejecución en sede laboral, o dicho de otro modo, en el agotamiento de tal vía para recién cuando aquello suceda, autorizar la continuación del presente, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial admitió el recurso de queja contra la resolución que rechazó la apelación presentada contra dicho pronunciamiento.

 

En la causa “Vendedores de Diarios y Revistas, pedido de quiebra por Salem Ini José s/ queja”, el peticionario de la quiebra presentó recurso de queja por la denegación de la apelación que interpuso contra la decisión que le hizo saber que, de modo previo, debía acreditar el agotamiento o inutilidad de la ejecución individual en sede laboral.

 

El voto mayoritario de los jueces que integran la Sala D explicó que “como  regla, en la instrucción prefalencial sólo es apelable la sentencia que le pone fin”.

 

A pesar de ello, la mayoría del tribunal entendió que en el presente caso, el juez de primera instancia “ha condicionado el avance de esta causa a la conclusión de la ejecución en sede laboral, o dicho de otro modo, en el agotamiento de tal vía para recién cuando aquello suceda, autorizar la continuación del presente”, lo cual constituye “una decisión que no sólo excede el marco del proceso ordinario atinente a un pedido de quiebra, sino que virtualmente cierra esta vía, tanto más cuando el señor Juez a quo no precisa que entiende por agotar "-la vía de cobro individual”.

 

En la decisión adoptada el 4 de agosto pasado, los Dres. Gerardo Vassallo y Juan José Dieuzeide consideraron pertinente abrir el recurso para que sean considerados los eventuales agravios que formule el aquí quejoso.

 

Por su parte, el Dr. Pablo Heredia sostuvo que “la decisión en cuestión, esto es, aquélla que le hizo saber al peticionario (perito contador que obtuvo regulación de honorarios en una causa tramitada en sede laboral) que debía acreditar el agotamiento de la vía de ejecución individual y que, una vez cumplido ese recaudo, reiterara su solicitud (copia, fs. 1), carece, sin lugar a dudas, del efecto supra mencionado”.

 

En base a ello, el voto disidente concluyó que no se advierte  causal de excepción que justifique soslayar el principio que establece que en la instrucción prefalencial sólo es apelable la sentencia que le pone fin.

 

 

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