Aclaran que no resulta aplicable al pedido de quiebra la limitación recursiva del Art. 242 del Código Procesal Civil y Comercial

En la causa  “Cafiero y Pollio S.A. le pide la quiebra Lapadula, Lilian Lucia y otro s/queja”, los peticionantes presentaron recurso de queja contra la resolución de primera instancia que rechazó el pedido de quiebra sobre la base de que no basta probar el incumplimiento de una condena firme sino que aquella inejecución obedece a la inexistencia de bienes suficientes para satisfacerla.

 

Los jueces que componen la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial sostuvieron que “el pedido de quiebra es un procedimiento dirigido a obtener la declaración falencial del presunto deudor y no el cobro individual del crédito invocado para afirmar su estado de impotencia patrimonial”.

 

En la decisión adoptada el 29 de diciembre pasado, los Dres. Alejandra N. Tévez, Juan Manuel Ojea Quintana y Rafael Barreiro concluyeron que “no existe en el mismo un "valor cuestionado", lo que torna improcedente la aplicación del Cpr: 242”.

 

En base a lo expuesto, el tribunal resolvió que no existiendo valor que se cuestione en el marco de la denuncia de insolvencia, corresponde admitir la queja y conceder en relación el recurso de apelación.

 

 

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