Tras una acción de amparo presentada por una pareja para que su obra social cubra los gastos del tratamiento de fertilidad al que se sometieron para poder tener un hijo, la Justicia Federal de Córdoba decidió hacer lugar a dicho reclamo.
Tras 16 años de intentar tener un hijo “por todos los medios, primero en forma natural y después recurriendo a la asistencia médica”, la pareja había decidió recurrir a la vía judicial.
El juez federal Ricardo Bustos Fierro se pronunció en tal sentido luego de la acción de amparo presentada por la pareja ante la negativa de la empresa Medifé de hacer frente a las erogaciones que demande el procedimiento, determinando que se encuentra obligada mediante esta sentencia, a brindar cobertura médica total, a través de todos los procedimientos que sean necesarios para que la pareja pueda tener un hijo.
Es importante recordar que dicho pronunciamiento de la Justicia federal de Córdoba se produce mientras se espera una ley nacional que enmarque la infertilidad como una enfermedad.
Con relación a la reproducción asistida, se utilizan las técnicas de inseminación uterina (de baja complejidad) o de fertilización in Vitro ICSI (de alta complejidad), siendo variables los costos de dicho tratamiento, dependiendo entre otros factores de los institutos que los realicen, no limitándose los tratamientos de fertilización asistida a estas dos técnicas, incluyéndose cirugías para la endometriosis o las trompas de Falopio en las mujeres, y la corrección del varicocele o distintos conductos en el hombre.
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