Declaran la Inconstitucionalidad del Recorte de las Jubilaciones en Córdoba
La polémica emergencia previsional que había sido aprobada por la Legislatura de Córdoba el pasado 30 de julio en medio de disturbios, por medio de la cual se recortaban las jubilaciones, fue declarada inconstitucional por la Cámara 3 en lo Civil y Comercial de Córdoba. De esta manera, fue ratificada la resolución adoptada en primera instancia, la cual había sido emitida por la jueza María Victoria Tagle, quien declaró inconstitucional dicha norma en una medida cautelar. Según entendieron los magistrados al resolver la causa donde un jubilado del Banco de la Provincia de Córdoba había sido afectado por un descuento en sus haberes jubilatorios, la ley en cuestión viola el derecho constitucional de igualdad, al considerar que la emergencia económica debería ser aplicada a todos y no sólo soportada por los jubilados. En cuanto a las facultades del gobierno provincial para decidir en dicho ámbito, los jueces sostuvieron que dicha potestad para sancionar una situación de emergencia, por medio de la cual se afecten garantías constitucionales, sólo le corresponde al gobierno federal. En el fallo, los magistrados advirtieron que se produce una merma en los ingresos de los jubilados al pagarles con bonos a cinco años el importe retenido a los jubilados que se encuentran afectados por el recorte, lo cual se produce como consecuencia de la inflación, no siendo compensado dicha consecuencia con la tasa que paga el bono.

 

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