Desestiman Pedido de Concursada para Operar una Cuenta Corriente
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial decidió ratificar la resolución de primera instancia, por medio de la cual se le denegó a una concursada, el pedido efectuado por la misma con el fin de que se le ordenase a una entidad bancaria operar con ella, ya que en dicho banco, la solicitante poseía una cuenta corriente. La entidad bancaria, se había negado a tal posibilidad, debido a que la deudora se encontraba inhabilitada para operar con el sistema, en base a una reglamentación del Banco Central de la República Argentina. El voto mayoritario de los magistrados que componen la Sala C, en los autos caratulados “Vitramed SRL s/ concurso preventivo”, consideró la existencia de la intención por parte de la concursada, por medio de la utilización de los medios judiciales, de pretender enervar las normas administrativas. Dichas normativas, se encargan de establecer restricciones sobre la operatoria de cuentas corrientes, cuando se ha producido una violación sobre la reglamentación vigente. En base a ello, por el voto mayoritario de los letrados, se decidió no hacer lugar al reclamo presentado, ratificando lo actuado por el juez de primera instancia. Por otro lado, en el voto en disidencia, se manifestó la necesidad por parte de la concursada de poder contar con una cuenta corriente, ya que ello, resultaba necesario para el normal desempeño de las actividades comerciales. A su vez, se expresó en dicho voto, que los beneficios de poder operar la cuenta corriente bancaria, producirían beneficios para los dependientes de la empresa involucrada. Mediante dicho voto disidente, se pretendía modificar la resolución de primera instancia, por entender que debía producirse una armonización entre el cumplimiento de la inhabilitación, y la necesidad de permitirle a la concursada continuar con sus operaciones comerciales.  

 

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