Disposición Acumar 371/2019

Mediante Disposición 371/2019 - que entró en vigencia el 15 de octubre de 2019 - la Dirección General Ambiental de la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo (la “Disposición” y “ACUMAR”, respectivamente) ha reglamentado los artículos 10 y 11 de la Resolución 297/2018 (la “Resolución”), emitida por el mismo organismo.

 

La Resolución 29 creó el Registro de Establecimientos y Actividades de la Cuenca Matanza Riachuelo y determinó los sujetos obligados a empadronarse, cómo debe realizarse el empadronamiento, los datos a incorporar y en qué supuestos se debe producir un re empadronamiento.

 

El artículo 10 de la Resolución establece la obligación de actualizar la información declarada en el empadronamiento de forma anual –en el caso de que el Nivel de Incidencia Ambiental (el “NIA”) sea mayor o igual a 40- o bianual –cuando el NIA sea inferior a 40.

 

Respecto de este artículo, la Disposición determina que el plazo para actualizar la información declarada transcurre desde el 15 de octubre hasta el 31 de diciembre inclusive, debiendo realizar ello de forma online desde ACUMAR.

 

El artículo 11 de la Resolución, dispone la obligación de realizar el re empadronamiento en los siguientes casos: a) cambios significativos en el NIA (diferencia de 20 puntos o más del NIA originalmente otorgado); b) modificación de actividad; c) cambio de titularidad; o d) cambio de razón social.

 

La Disposición, reglamenta esa norma al determinar que el re empadronamiento deberá realizarse de manera online a través de ACUMAR dentro del plazo de 30 días hábiles de acaecido el cambio.

 

Asimismo, la Disposición determina que todo otro cambio que se produzca podrá incorporarse al sistema online en el sitio Web de ACUMAR en cualquier momento.

 

El incumplimiento de alguna de las obligaciones precedentemente mencionadas implicará la aplicación de las las sanciones previstas en la Resolución 12/2019, consistentes en apercibimiento o multa cuyo monto variará según la infracción que le haya dado origen.

 

Para acceder a la Disposición Nº 371/2019 completa ingrese aquí: https://bit.ly/2P4Jwb6

 

Por Verónica Fuente Kleiner y María Belén Márquez Alessi

 

 

Abeledo Gottheil Abogados
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