Uruguay
Dura Lex Sed Lex: La responsabilidad del director pasivo en el concurso

Con algunas excepciones, el Juez que declara el concurso debe proceder a su calificación, esto es, debe decidir si el concurso habrá de categorizarse como culpable o como fortuito.  El concurso es declarado culpable (entre otros) cuando en la producción o agravamiento de la insolvencia de la empresa, hubiera mediado dolo o culpa grave de sus directores. De ahí la especial gravedad de la sentencia que así lo declara: porque en la práctica, al menos en la inmensa mayoría de los casos, esa sentencia implicará también (i) la declaración de inhabilitación de los directores para administrar bienes (por un período que va de 5 a 20 años) y para representar a cualquier persona durante el mismo período, (ii) la condena a indemnizar los daños y perjuicios causados, y, eventualmente, (iii) su condena a cubrir, total o parcialmente, el déficit patrimonial en beneficio de los acreedores del concurso.

 

Por tanto, se trata de despejar si esas mismas consecuencias legales deben extenderse también a los llamados directores pasivos; es decir, a aquellos que si bien integran el directorio de la empresa, cumplen un rol puramente nominal. Esencialmente, acompañan: forman quórum para la toma de decisiones válidas, con su voto conforman las mayorías que las leyes exigen, y firman las actas. Pero para todos los efectos prácticos, son los otros directores quienes llevan la batuta, están en el día a día, conocen la empresa al dedillo, y en definitiva son quienes la manejan. 

 

En la sentencia que hoy nos convoca, uno de los directores alegó precisamente su calidad de director pasivo: sostuvo (y probó) que nunca había participado en la administración de la compañía, que nunca había recibido remuneración en su calidad de director, y que, en definitiva, había permanecido completamente ausente de la gestión societaria.

 

Sin embargo, esas alegaciones resultaron infructuosas; el Tribunal Civil actuante (“el Tribunal”) las descartó de plano. En opinión del Tribunal, el mayor o menor activismo del director no es relevante a los efectos de exonerar o atenuar la responsabilidad emergente del carácter culpable del concurso. Las decisiones del directorio involucran a todos los directores por igual y la responsabilidad es también de todos.

 

Y si el director desconocía los números de la empresa y su estado de insolvencia -como era el caso del director en cuestión- ello es inexcusable. Nada le habilitaba a tener un rol omiso o pasivo. Por lo mismo, aun siendo un director nominal y sin remuneración -sentenció el Tribunal-, nada le eximía de su obligación de solicitar la declaración de concurso, siendo un hecho claro (a criterio del Tribunal) la insolvencia de la empresa y el incremento irreversible de sus deudas.

 

Por Silvina Vila y Leonardo Melos

 

 

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