"Tratándose del delito de lesiones leves de concurso ideal con amenazas, una vez instada en forma privada la acción penal (mediante la denuncia), ésta deja de estar en cabeza del agraviado y pasa a transformarse en una acción de carácter público", sostiene la sentencia.
De esta manera, los jueces Ana María Figueroa, Juan Carlos Gemignani y Luis María Cabral anularon la resolución de primera instancia, en la cual se sobreseía al supuesto agresor luego de que la mujer no continuara con el proceso.
Para los magistrados, el “exclusivo titular” de decidir si la acción debe continuar o no “es el Estado a través del Ministerio Público Fiscal” y calificaron al hecho como una posible "violación a los derechos de género".
Además, indicaron en la resolución que "el Estado Argentino debe observar el cumplimiento de lo previsto en los tratados internacionales, a fin de evitar responsabilidad ante la comunidad internacional".
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Marval O’Farrell Mairal
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