Aclaran que no procede la caducidad de segunda instancia si la resolución recurrida no quedó notificada a todas las partes intervinientes

Luego de recordar que la segunda instancia se abre con la concesión del recurso, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil aclaró que en función del principio de indivisibilidad de la instancia, no puede considerarse terminada la primera mientras la resolución recurrida no quede notificada a todas las partes intervinientes.

 

En los autos caratulados “Balestrini, Silvia Beatriz Cintia c/ Balestrini, Enrique Jorge y otro s/ Beneficio de litigar sin gastos”, la parte actora acusa la caducidad de la segunda instancia respecto del recurso de apelación deducido por la demandada.

 

Los magistrados que integran la Sala B explicaron que “desde la apertura de la instancia respectiva, incumbe a las partes activar el procedimiento, hasta obtener la resolución mediante la realización de actos o peticiones que lo activen, útiles y adecuados al estado de la causa, que guarden directa relación con la marcha normal del proceso, haciéndolo avanzar hasta su destino final”.

 

Los magistrados sostuvieron que “si bien es cierto que la segunda instancia se abre con la concesión del recurso, no lo es menos que, en función del principio de indivisibilidad de la instancia, no puede considerarse terminada la primera mientras la resolución recurrida no quede notificada a todas las partes intervinientes”.

 

En el fallo dictado el 9 de diciembre pasado, los Dres. Mauricio Luis Mizrahi, Claudio Ramos Feijoó y Roberto Parrilli explicaron que “el plazo de la caducidad comienza a correr una vez que aquella es notificada a todas las partes, aun cuando a alguna de ellas ya se le hubiera concedido el respectivo recurso de apelación”.

 

En virtud de ello, la mencionada Sala resolvió en relación al presente caso, que toda vez que “en la oportunidad de deducir la caducidad de segunda instancia no se encontraban notificados el Sr. Representante del Fisco y el Sr. Fiscal de primera instancia, esta circunstancia impide el progreso del planteo deducido por la accionante”, desestimando de este modo la caducidad de instancia.

 

 

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