Aumento de la tasa de justicia para asuntos de monto indeterminado

La Ley 23.989 de Tasas Judiciales, prevé en sus arts. 5 y 6 que al iniciarse un proceso cuyo monto sea indeterminable y en aquellos no susceptibles de apreciación pecuniaria, se abonará en tal concepto una suma fija, a cuenta de la que resulte luego de la terminación del proceso.    

 

Dicha suma debe ser actualizada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación de manera mensual, y según los Indices de Precios por Mayor Nivel General.

 

Sin embargo, y desde el mes de abril de 1991, esa suma se mantuvo inalterada en $69,67 (pesos sesenta y nueve con 67/100); habiendo sido recientemente aumentada a $1.500 (pesos mil quinientos).

 

Con fecha 11 de diciembre pasado, el Máximo Tribunal dictó la Acordada Nro. 41/2018 disponiendo tal incremento, para las demandas o reconvenciones que se presentaren a partir del 1 de enero de 2019.

 

Por Mariela S. Balconi

 

 

Alchouron, Berisso, Balconi, Fernandez Pelayo & Werner
Ver Perfil

Opinión

El Private Enforcement of Competition Law en el Proyecto de ley de Bases
Por Rodrigo Balbuena
Balbuena Nürnberg Lawyers
opinión
ver todos

La lucha por el Derecho Ambiental
Por Horacio J. Franco (*)
Franco Abogados - Consultores Ambientales


El fideicomiso testamentario y su publicidad registral: ¿Es necesaria su inscripción ante la IGJ?
Por Rómulo Rojo Vivot
Berdaguer, Rojo Vivot, Silvero, Canziani & Uriburu

detrás del traje
Franco Robiglio
De ROBIGLIO ABOGADOS
Nos apoyan