BP demandó a Bridas ante la Corte de EEUU

Un grupo de capitales argentinos y chinos fueron demandados por la petrolera inglesa British Petroleum con motivo de la operación frustrada de venta de su participación del 60% en la argentina Pan American Energy (PAE) en 2011.

 

De esta manera, BP interpuso una querella en una corte federal de Estados Unidos con el objetivo de que el acuerdo de compra de participación de PAE y los acuerdos relacionados con Bridas sean declarados como válidos.

 

Luego del alto costo de la “marea negra” en el Golfo de Mexico, BP decidió concretar un acuerdo en noviembre de 2010 con Bridas Corp para venderle el 60% que poseía en Pan American Energy por 7.000 millones de dólares.

 

Por otra parte, Bridas, que ya ostentaba el 40 por ciento de la petrolera argentina, aceptó poner fin a un acuerdo con BP sobre Pan American Energy que impedía que cualquiera de las partes desarrollara sus intereses en la región sin la otra.

 

En tal sentido, la petrolera británica abonó a Bridas los 700 millones de dólares acordados por rescindir ese acuerdo aunque la empresa sino-argentina le devolvió esa suma después de renunciar a la compra de la participación en noviembre de 2011.

 

Con respecto a esta maniobra, BP sostiene que Bridas exige el reembolso de ese capital. “(Bridas) Quiere actualmente que se le paguen los 700 millones de dólares y afirma que el AMI (Pan American Energy) sigue vigente”, afirmaron las autoridades de BP.

 

Asimismo, sostuvieron que "Bridas está tratando de tenerlo todo, por lo que BP no tiene otra opción que pedir a la corte que confirme que el AMI está permanentemente rescindido y que las dos partes están liberadas del acuerdo".

 

Si bien trascendió que la petrolera británica estaría dispuesta a resarcir económicamente a Bridas con 700 millones de dólares por el fracaso de la operación en la venta de activos, se aclaró que el dictamen de la corte le permitirá al grupo continuar trabajando con Bridas y sus accionistas, CNOOC y la familia Bulgheroni.

 

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan