Uruguay
Cambio en el régimen de donaciones especiales

El pasado 3 de noviembre se promulgó la Ley 19.996 (Ley de Presupuesto 2020) la cual establece modificaciones al régimen de donaciones especiales previsto en el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE).

 

A continuación, se exponen las principales modificaciones.

 

Modificaciones en los porcentajes de devolución

 

La Ley de Presupuesto modifica el régimen de beneficios en las donaciones especiales, estableciendo que los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas e Impuesto al Patrimonio que realicen donaciones a las entidades establecidas en normativa gozarán del siguiente beneficio:

 

a) Devolución del 70% del importe donado en las condiciones que establece la reglamentación.

 

Este beneficio se materializa mediante la obtención de certificados de crédito emitidos por la DGI, los cuales podrán ser utilizados para cancelar las obligaciones de Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas e Impuesto al Patrimonio del contribuyente que realizó la donación.

 

b) El restante 30% del importe donado puede ser computado como gasto a todos los efectos fiscales del contribuyente que realizó la donación.

 

A continuación, se expone un cuadro comparativo con los cambios en los porcentajes:

 

 

En el caso las entidades comprendidas en los literales B a M del numeral 2 del artículo 79 del Titulo 4, los porcentajes del beneficio se mantienen incambiados:

 

a) Devolución del 40% del importe donado en las condiciones que establece la reglamentación.

 

b) El restante 60% puede ser computado como gasto a todos los efectos fiscales de la empresa.

 

Cambios en los plazos para presentar proyectos

 

La Ley 19.996 también introduce cambios en los plazos para que las entidades beneficiarias de las donaciones presenten, previo a la recepción de la donación, un proyecto donde se establezca el destino que se utilizaran los fondos donados y plazo máximo de ejecución.

 

Previo a la Ley 19.996, las entidades beneficiarias debían presentar los proyectos ante el Ministerio de Economía y Finanzas previo al 31 de marzo de cada año. Con la Ley de Presupuesto la presentación de los proyectos ante el Ministerio de Economía y Finanzas debe ser de forma previa al 30 de noviembre de cada año.

 

Conclusiones

 

La Ley de Presupuesto 2020 establece modificaciones en los beneficios del régimen de donaciones especiales, disminuyendo el porcentaje del monto donado a ser devuelto en certificados de crédito, y aumentando proporcionalmente el porcentaje de la donación a imputar como gasto por parte de los contribuyentes que realicen donaciones especiales.

 

En consecuencia, en un escenario donde el contribuyente que realice la donación posea IRAE para absorber, se recuperará el 70% de la donación en certificados de crédito y el 30% lo podrá impactar como gasto en su liquidación de impuestos. Esto determina que el costo efectivo de la donación en términos contables sea del 22,50% del monto donado.

 

Por otro lado, se modifica el plazo para que las entidades beneficiarias de las donaciones presenten los proyectos de destino de las donaciones y el plazo de ejecución estimado de las mismas.

 

 

Vuille Lafourcade
Ver Perfil

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan