El Poder Ejecutivo reglamenta la base de cálculo de las contribuciones en Convenios Colectivos

El 20 de julio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial y entró en vigencia el Decreto N° 612/2026, que complementa el Decreto N° 407/2026 al disponer que la base de cálculo para los aportes y contribuciones pactados en convenios colectivos de trabajo (“CCT”) comprende el salario básico y las sumas remunerativas mensuales, normales y habituales (excluyendo premios y bonos, horas extras, sueldo anual complementario, etc.).

Asimismo, aclara que los aportes y contribuciones que los empleadores se comprometan a efectuar en el marco de los CCT, destinados a obras de carácter social, asistencial, previsional o cultural en interés y beneficio de los trabajadores, no se encuentran comprendidos en el límite del 2%.

Por Enrique A. Betemps, Julio Lococo, Geraldine Moffat y Matías Fuse

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
Ver Perfil

Opinión

Cómo conseguir clientes para un estudio jurídico
Por Jeremías Mas
detrás del traje
Nos apoyan