Existen más de 220 Mil Causas Iniciadas contra el Estado por Jubilados
Sumando los juicios que se encuentran en trámite tanto en las tres salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social, los tramitados en los juzgados federales del interior del país, aquellos que tramitan en los diferentes juzgados de primera instancia, junto como los que esperan una resolución de parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los trámites que se encuentran en ejecución de sentencias, superan la cifra de  220 mil los litigios existentes contra el Estado Nacional iniciados por parte de jubilados. La causa de inicio de la mayoría de dichos trámites, radica en la falta de una actualización en los haberes jubilatorios, como por la disconformidad en el cálculo del ingreso mensual de inicio. Con relación a la actualización de los haberes, los reclamos se basan en que no se aplicado una adecuada actualización del valor de los salarios de los últimos diez años trabajados, los cuales son los tomados en cuenta por la ANSES para calcular el haber de inicio, provocando que sea tomado un haber inicial más bajo del que correspondería. Durante el transcurso del presente año, de igual manera a lo ocurrido durante el año anterior, en número de causa iniciadas aumentó de manera inédita, siendo importante destacar, que según especulaciones efectuadas desde el sector judicial, la cantidad de personas que demandan es mayor al número de causas existentes, debido a que en  varias de las mismas son varios los jubilados que intervienen en dichas presentaciones. Con relación a los ajustes jubilatorios, es importante recordar lo dispuesto por el Máximo Tribunal en fallo Badaro, emitido a mediados del año 2006, donde la Corte determinó que tanto el Poder Ejecutivo como el legislativo debían dictar una ley de movilidad jubilatoria de los haberes dentro de un plazo razonable, teniendo en cuenta para ello, la disminución en el ingreso que los jubilados venían sufriendo como consecuencia de la inflación desde enero de 2002. A pesar que durante el presente año, el Congreso Nacional sancionó una ley sobre movilidad jubilatoria, en la misma no se contempla corrección alguna como consecuencia en la falta de ajustes durante el período comprendido entre 2002 y 2008. Sin embargo, en el fallo Cirillo, los magistrados determinaron que dicho ajuste basado en la evolución de los salarios no debía efectuarse hasta diciembre de 2006, sino hasta que entrase en vigencia la ley  de movilidad jubilatoria.

 

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