La Corte Suprema Deberá Decidir sobre el Acuerdo Preventivo Extrajudicial de Cablevisión
Los miembros de la Cámara Comercial decidieron elevar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación parte del recurso extraordinario contra la aprobación del Acuerdo Preventivo Extrajudicial de Cablevisión presentado por la Fiscal de Cámara. Si bien algunos de los planteos efectuados por la fiscal fueron rechazados por los camaristas,  los mismos decidieron elevar las actuaciones a la Corte. Expresaron al rechazar algunos de los argumentos de la fiscal, que la interpretación de las normas de la ley de concursos es propio de los jueces de la causa y no de la vía extraordinaria. Entre las disposiciones más trascendentes del fallo, se destaca el hecho de que se suspenden los efectos originales del fallo. Como consecuencia de tal decisión, se convalida el acuerdo realizado entre Clarín y sus acreedores pero con el voto de Fintech. Dicha empresa también era accionista de Cablevisión, por lo cual al ser accionista le está prohibido votar en un acuerdo preventivo. Debido a tal decisión, el acuerdo no quedó homologado, por lo que todo este proceso podría quedar sin efecto en caso de que la Corte decidiese que la empresa Fintech no se encuentra autorizada a realizar la compra de parte del capital de Cablevisión. Tal decisión por parte del Máximo Tribunal podría tomarse basándose en la ley de protección de los bienes culturales. Dicha normativa, establece que las empresas extranjeras no pueden quedarse con medios de difusión locales por medio de la capitalización de deuda. Debido a tal decisión, tampoco podrá avanzar la fusión de Cablevisión con Multicanal, las cuales funcionan por orden de la Comisión de Defensa de la Competencia en una administración unificada.  

 

Opinión

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