Durante 15 años una persona percibió, como apoderada, los haberes de una jubilada que había fallecido. A pesar de esto, el Tribunal Oral Federal número 6 consideró prescripta la causa y absolvió a la acusada.
El accionar de la mujer fue descubierto en agosto de 2005. En ese momento, un agente de la ANSES realizó una inspección de supervivencia en el domicilio de la jubilada, donde constató su fallecimiento.
Más tarde, el titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones de la Seguridad Social, Guillermo Marijuan, presentó la denuncia correspondiente. Los jueces remarcaron que la responsabilidad fue del organismo previsional, ya que no controló si la mujer estaba viva o no.
El tribunal sostuvo que la mujer se había apropiado del dinero pero remarcó que ello fue “a consecuencia de un error imputable a su exclusiva negligencia” debido a que “tal ente oficial no solicitó los certificados de supervivencia correspondientes, los que debían ser requeridos”.
En tal sentido, manifestaron que la actora involucrada “no se valió del empleo de un medio como el ardid para inducir a error a la ANSES y de ese modo conseguir una disposición patrimonial perjudicial de aquel organismo y en su propio beneficio”.
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