La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires hizo lugar a un recurso de inaplicabilidad de ley que fue interpuesto por una mujer contra los fallos de la Cámara Civil y Comercial de San Isidro y la Cámara de Apelaciones, según el comercio online.
El caso se refiere a la denuncia de la madre de dos menores que sufrieron el síndrome urémico hemolítico luego consumir en agosto de 2001 el contenido de una “Cajita Feliz” del Mc Donald's de Escobar.
En las primeras instancias, la justicia desestimó la demanda por falta de pruebas, ya que la madre no pudo comprobar que la enfermedad de sus hijos fue contraída por consumir los productos que se comercializaron en el local.
“En caso de duda sobre la interpretación de los principios que establece esta ley, prevalecerá la más favorable al consumidor”, sostuvieron los jueces y, además, indicaron que “es el prestador” el que debe revertir la prueba.
También consideraron que luego de la denuncia, la empresa retiró de la venta el producto denominado como Nuggets, o patitas de pollo. “El retiro o destrucción imputable a la demandada del producto sobre el que debería haberse analizado la presencia de la cepa EscherichiaColi impidió el despliegue probatorio pretendido por la actora”, manifiesta la sentencia y agrega: “como empresa que debe respetar la ley de defensa del consumidor, debió con criterio prudente facilitar que se efectuara la prueba requerida por la actora”.
Por estos motivos, la Corte Suprema de la provincia avaló la postura de la demandante y condenó a la cadena de comidas rápidas a indemnizarla.
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