Ordenan al Gobierno Porteño a Incorporar Discapacitados en la Planta de Empleados Públicos
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteña, luego de hacer lugar a una acción de amparo colectivo, ordenó al gobierno de la Ciudad de Buenos Aires adoptar todas las medidas necesarias para que en el plazo de 60 días, pueda cumplir con el requisito de incorporar una proporción no inferior al 5 por ciento de personas con discapacidad en su planta de empleados. De esta manera, los magistrados que componen la Sala II, determinaron que el gobierno porteño deberá cumplir con dicho requisito, el cual se encuentra contemplado en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires  y en una ley local. La Carta Maga porteña, establece en su artículo 43 que se debe asegurar el 5 por ciento de todos los puestos públicos para personas con capacidades diferentes, teniendo que efectuar una incorporación gradual en la forma en que la ley lo determine. Por otro lado, el cronograma de cumplimiento de dicha obligación fue establecido por la ley 1502/04, donde se establece que debía concretarse tal disposición en el plazo máximo de cinco años, produciéndose el vencimiento de dicho plazo el próximo noviembre, a la vez que determinaba que en los primeros dos años ya se debía haber incorporado el primer 2 por ciento. En declaraciones efectuadas al diario La Nación, el presidente de la Comisión, Dr. Martín Zapiola Guerrico, expresó que de acuerdo  a la información disponible al momento de iniciarse el expediente, la cantidad de personas discapacitadas contratadas sólo alcanzaba el 0,3 por ciento. Los camaristas decidieron dejar sin efecto la resolución de primera instancia que había rechazado el reclamo presentado, haciendo lugar a la apelación, tras considerar que se produjo un incumplimiento por parte del gobierno porteño en lo que se refiere a lo contemplado en la normativa del caso, la cual dispone que se debe concretar una incorporación gradual junto con un plazo para su cumplimiento. Según la postura de los jueces, tales obligaciones no parecen haber sido cumplidas por el gobierno de la ciudad. Tal decisión, fue adoptada luego de que fuese presentado un amparo colectivo por uno de los miembros de la Comisión Pro Bono del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, la cual realiza patrocinio gratuito de ONG, así como también impulsa causas que se encuentren relacionadas con el interés público.

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan