La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento de quien retiró una bicicleta mediante el Sistema de Transporte Público en bicicleta del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sin que fuera devuelta tras ser intimado a su restitución.
En la causa “G. G. E. J.”, la defensa presentó recurso de apelación contra la resolución que dispuso el procesamiento del imputado acusado de retirar una bicicleta mediante el Sistema de Transporte Público en bicicleta del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires local y no devolverla.
Los jueces que integran la Sala I entendieron que “los argumentos desarrollados por la defensa en la audiencia, confrontados con las actas escritas que se tienen a la vista, no logran conmover los fundamentos del auto apelado por lo que habrá de ser homologado”.
Al pronunciarse en tal sentido, los camaristas ponderaron “la declaración jurada suscripta por E. J. G. G., de fecha 9 de mayo de 2012, en donde constan las condiciones de uso del Sistema de Transporte Público en Bicicleta del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y sus respectivas obligaciones”, así como también “la constancia del sistema informático en la que quedó asentado que G. G. retiró el 8 de noviembre de 2013 la bicicleta N° 1647, sin que fuera devuelta hasta la fecha”.
En el fallo del 1 de septiembre pasado, los Dres. remarcaron que el recurrente “fue intimado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a restituirla mediante cédula de notificación”, lo cual acreditar que “ E. J. G. G. retiró oportunamente la bicicleta N° 1647, sin devolverla hasta la fecha, con conocimiento de los deberes y obligaciones que había contraído al aceptar las condiciones de uso del sistema”.
Por otro lado, los camaristas destacaron que “su descargo en cuanto a que le fue sustraída y que concurrió al puesto a informar lo sucedido no se encuentra debidamente acreditado pues no efectuó la denuncia respectiva ni tampoco informó formalmente al gobierno local, por lo que no hay forma de corroborar sus dichos”, confirmando de este modo el auto que dispuso el procesamiento del imputado.
Opinión
Barreiro
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law