Rechazan Reclamo del Defensor del Pueblo contra Gerenciadora de Trenes
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nro. 3 decidió no hacer lugar al pedido efectuado por la Defensoría del Pueblo de la Nación, el cual, había sido presentado con el fin de que le sean aplicadas sanciones pecuniarias a la empresa gerenciadora de la Línea Roca, debido a que se había producido el incumplimiento de una sentencia. La misma, obligaba a la empresa encargada de la explotación de dicho ramal de ferrocarril, a efectuar mejoras en la prestación del servicio. La magistrada a cargo del juzgado, la Dra. Claudia Rodríguez Vidal, no hizo lugar al reclamo presentado, por considerar que no puede afirmarse que exista un incumplimiento en las obras de recuperación sobre el servicio de la línea que lleva adelante la empresa UGOFE S.A., la cual es la actual gerenciadora de dicho ramal. La jueza, en su resolución, tuvo por contestada la intimación cursada, a la vez , que desestimó el pedido efectuado por el Defensor del Pueblo de la Nación de aplicar sanciones a los demandados. La causa, se había iniciado a raíz de una acción de amparo presentada por el Defensor del Pueblo de la Nación, en la cual, solicitaba que sean condenados tanto el Estado Nacional, como el ex concesionario Transporte Metropolitano General Roca, como consecuencia de las deficiencias en el servicio prestado y del incumplimiento de una sentencia anterior. Según lo expuesto por la letrada en su sentencia, las obras se encuentran en ejecución. En base a ello, no es factible sostener la existencia de un incumplimiento de la  resolución anterior, por medio de la cual se obliga a las empresas a mejorar las prestaciones. En dicha sentencia,  la magistrada, le otorgó la razón al Ministerio de Planificación Federal, quien reclamaba la desestimación del pedido de sanciones conminatorias, ya que afirmaba que se había cumplido con la intimidación ordenada por la sentencia anterior, según la cual, se debía presentar un cronograma de obras.

 

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