Una persona que empezó a trabajar en una compañía como cadete y, luego, pasó al departamento administrativo se consideró despedida tras la negativa de la empresa de registrar correctamente la relación laboral.
En un primer momento, el actor realizó el reclamo de forma verbal, aunque luego lo hizo por escrito. Asimismo, solicitó que se le abonaran las horas extras que le correspondía para incrementar su remuneración.
Como no llegaron a un acuerdo conciliatorio, el dependiente se presentó ante la justicia y demandó a la firma, que negó todos los hechos. En una primera instancia, el juez hizo lugar al pedido de indemnización y multó a la firma por conducta temeraria y maliciosa.
Los camaristas, por su parte, desestimaron los reclamos de la empresa y reafirmaron la sanción, ya que se encontraba configurada una conducta injuriosa que violó los deberes de lealtad, probidad y buena fe.
"En el caso, se evidencia que la conducta del empleador resultó manifiestamente contraria a los principios de la ley (art. 63), toda vez que (...) procedió a negar la realidad de los hechos", sostiene la sentencia.
Los magistrados encuadraron la situación dentro del artículo 275 de la Ley de Contrato de Trabajo. Además, remarcaron que la compañía solicitó una prórroga para entregar las planillas de horarios y, posteriormente, ante el llamado del perito contador la firma adujo que los registros y la documentación fueron robados junto con una camioneta. La empleadora nunca acreditó haber realizado la denuncia pertinente por el siniestro.
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