La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al Estado Nacional el pago de unos títulos de deuda pública a una ingeniera que inició su acción en la época del corralito financiero.
En la causa “Coppo, Cora Eugenia c/ Poder Ejecutivo Nacional” el Máximo Tribunal rechazó un Recurso Extraordinario Federal (REF) presentado por el Estado Nacional contra una sentencia de la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que concedía a la actora la pretensión de su acción de amparo.
La demanda de la ingeniera Cora Eugenia Coppo fue interpuesta nueve años atrás, en el marco de la crisis financiera acaecida en 2001 en el país, y tenía como pretensión principal recibir el pago de sus títulos de la deuda pública a la cotización 1,40 pesos más CER, más el dos por ciento anual de intereses.
La actora, afectada por un grave cuadro de salud, obtuvo sucesivos fallos en su favor, en primera instancia, en Cámara y en la Corte.
Pese a ello, el Poder Ejecutivo de la Nación interpuso a principios de este año un recurso extraordinario que frenaba la devolución de los depósitos, lo cual fue rectificado por la sentencia de la Corte Suprema de la Nación de este 11 de octubre, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.
Finalmente, luego de una nueva declaración de inadmisibilidad de los planteos del Estado, Coppo podrá efectivizar el cobro de los títulos de valores por los que viene abogando hace casi una década.
Opinión
Barreiro
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law