La Corte Suprema Aceptó el Incremento en las Tarifas de Luz de 2007

Una apelación presentada por la Defensoría del Pueblo de la Nación había objetado un artículo de la ley 25.790 (de renegociación de contratos y extensión de plazo de obras y servicios públicos).

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró “inadmisible” el recurso y, de esta manera, avaló la renegociación de los contratos de servicios públicos privatizados, así como el incremento de las tarifas eléctricas dispuestas en el 2007.

 

En una instancia anterior, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había rechazado el planteo de la Defensoría manifestando que "no se había demostrado de qué manera la renegociación llevada a cabo por el Poder Ejecutivo en pleno uso de sus facultades afecta nítidamente un derecho fundamental de los usuarios y consumidores del servicio de electricidad".

 

La renegociación de contratos y la extensión de plazo de obras y servicios públicos se refieren a las acordadas con las firmas Edenor y Edesur, y a partir de las cuales se establecieron las nuevas tarifas en 2007.

 

En el recurso de amparo, la Defensoría afirmaba que el artículo 4 de la ley 25.790 contradecía las previsiones de la Constitución Nacional “en cuanto prevé que la voluntad de cada Cámara (legislativa) debe manifestarse expresamente; se excluye en todos los casos la sanción tácita".

 

Con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Enrique Petracchi, Carmen Argibay, y Raúl Zaffaroni, el Máximo Tribunal declaró inadmisible la apelación.

 

 

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