Reglamentan Ley que Facilita la Remoción de los Administradores de Consorcio

Durante el transcurso de esta semana, el Gobierno porteño reglamentará la ley 3254, modificatoria de la 941, que regula la actividad de los consorcios, la que permite que los propietarios de los departamentos de la ciudad puedan despedir con mayor facilidad al administrador de un edificio, cuyo cargo comenzará a ser renovable por un año.

 

La nueva ley aprobada por la Legislatura porteña establece que el cargo de los administradores de los consorcios durará un año, se renovará o no en una asamblea, bastando con la aprobación de los dos tercios de los presentes para despedirlo, modificando de forma significativa la situación actual, en la que los administradores pueden ser removidos con el voto de las dos terceras partes del total de los consorcistas, lo que lo torna bastante inviable.

 

Otro de los principales puntos de la modificación introducida por la ley, consiste en la obligación que tendrán los administradores de presentar un seguro de caución para hacerse responsables patrimonialmente de los eventuales perjuicios económicos que produjeran, aclarando la reglamentación que dicha póliza deberá cubrir no menos del 33% del monto actual de las expensas de todo el edificio.

 

Por otro lado, la nueva ley establece en relación a la liquidación de las expensas requisitos mínimos para que sean confeccionadas de manera clara y transparente, facilitando a los consorcistas llevar un mejor control de sus fondos.

 

Por otro lado, la reglamentación de la normativa establece que no es obligatorio contar con un administrador, siendo los mismos propietarios quienes podrán inscribirse en el registro correspondiente para llevar adelante esta tarea.

 

 

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