RIGI: Adhesiones Provinciales

A la fecha, cinco provincias se adhirieron al Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones bajo el Título VII de la Ley Nacional 27.742 ("RIGI"), en orden cronológico tales provincias son: (i) Río Negro; (ii) Jujuy; (iii) Mendoza; (iv) San Juan; y (v) Chubut (excluyendo a la minería). En Salta la adhesión al RIGI obtuvo media sanción en Diputados.

 

El RIGI es una herramienta para atraer inversiones en sectores estratégicos a través de un esquema que además de otorgar incentivo tributarios, aduaneros y cambiarios, busca proporcionar estabilidad y previsibilidad a largo plazo. Las provincias que se adhieran al RIGI no podrán imponer a los Vehículos de Proyecto Único (VPU) que se formen nuevos gravámenes locales, solo podrán imponer tasas retributivas por servicios efectivamente prestados. Para más información, haga click aquí.

 

 Río Negro: se convirtió en la primera provincia en adherirse al RIGI; la legislatura lo aprobó el 18 de julio 2024 por 35 votos a favor y 10 en contra, y entró en vigencia el 26 de julio 2024. La celeridad respondió a la posibilidad de que se designe a esta provincia como destinataria de la planta de Gas Natural Licuado (GNL) que YPF y Petronas están analizando construir (designación que finalmente ocurrió).

 

  • Jujuy: la legislatura aprobó la adhesión el 8 de agosto 2024 pero la ley (N° 6409) no está vigente ya que está pendiente su promulgación por el gobernador. De no ser promulgada dentro de los 10 días hábiles de su recepción, la ley pasa a estar vigente. La adhesión será por dos años a partir de la publicación en el Boletín Oficial.
  • Mendoza: la adhesión fue aprobada por el congreso provincial el 13 de agosto, con – 24 votos favorables y 14 en contra. La ley (N° 9.567) no está vigente ya que su promulgación está pendiente.  De no ser promulgada dentro de los 10 días hábiles de su recepción, la ley pasa a estar vigente.
  • San Juan: el congreso provincial aprobó la adhesión el 15 de agosto por 21 votos a favor y 14 en contra. La ley no está vigente ya que su promulgación está pendiente. De no ser promulgada dentro de los 10 días hábiles de su recepción, la ley pasa a estar vigente.
  • Chubut: el 15 de agosto la legislatura de Chubut aprobó – con 18 votos afirmativos y 9 votos negativos-, la adhesión , pero en su artículo 2° mantuvo el veto a la minería al exceptuar a las actividades mineras prohibidas por la Ley Provincial XVII Número 68, ex 5.001 (esto es, prohíbe la minería a cielo abierto y la utilización de cianuro). La ley no está vigente ya que su promulgación está pendiente, la cual de no ocurrir dentro de los 10 días hábiles de recibida, pasa a estar vigente.
  • Situación Salta: media sanción

El 13 de agosto, la Cámara de Diputados aprobó la adhesión al RIGI y al artículo 103 de la Ley Nacional 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”, habilitando la posibilidad de incrementar las regalías en boca de mina del tres por ciento (3%) al cinco por ciento (5%) para los nuevos proyectos de inversión. Ambos proyectos fueron remitidos al Senado provincial para su tratamiento.

 

 

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