Aceptan Medida Cautelar de Medios Gráficos contra un Reclamo de la AFIP
El juez federal Enrique Lavié Pico decidió hacer lugar a una medida cautelar presentada por los diarios La Nación, Clarín, Ambito Financiero, Perfil y Buenos Aires Herald, por medio de la cual se estableció que el Ministerio de Economía y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no podrán exigirles el pago mientras se tramite una causa sobre la existencia de una supuesta deuda impositiva generada entre 2001 y 2003. Antes de la crisis del 2001, los medios gráficos comprendidos en los convenios de competitividad se habían comprometido con el Gobierno a no despedir personal ni aumentar los precios de sus publicaciones, debiendo el Estado Nacional mantener la convertibilidad, a la vez que autorizaba imputar las cargas sociales a cuenta del IVA al mencionado precio de tapa. Los diarios alegan que a raíz de la crisis económica no pudieron cumplir con dicho convenio como consecuencia de la devaluación y el aumento del precio de los insumos importados, habiendo aumentado los precios de tapa. Con el dictado de la Ley de Emergencia Económica, los medios solicitaron al Ministerio de Economía que tales aumentos no fuesen considerados incumplimientos de los convenios de competitividad, por lo que, el ministro Lavagna mediante el decreto 1072/02 hizo lugar a dicho pedido autorizando el aumento conforme a la variación del costo de vida. Sin embargo, entre la emergencia económica y el dictado de aquel decreto, existió un período de tiempo que no se encontraba contemplado, entendiendo el Ministerio de Economía que se había violado aquel convenio bilateral, disponiendo la caducidad de los beneficios impositivos para los medios gráficos. Ante tal situación, los medios desconocieron la supuesta deuda argumentando que durante ese lapso de tiempo la situación era la misma que la reconocida en el decreto 1072/02, solicitando en el planteo al que hizo lugar el juez Lavié Pico el dictado de una medida cautelar contra la acción del fisco.

 

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