Aclaran que la configuración del estado de cesación de pagos puede manifestarse ante el simple incumplimiento de una obligación

En la causa “Top Meat S.A. le pide la quiebra Rodríguez, Desiree Yanel”, la peticionaria de la quiebra apeló la resolución mediante la cual el juez de grado rechazó su pretensión.

 

Las magistradas que integran la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial entendieron que la decisión recurrida resultó prematura, en tanto “la posibilidad de insolvencia o la configuración del estado de cesación de pagos, bien podrían manifestarse ante el simple incumplimiento de una obligación”.

 

Como consecuencia de ello, las Dras. Ballerini y Gómez Alonso de Díaz Cordero resolvieron que “no cupo decidir el rechazo liminar de la acción sin previa citación al requerido a fin de evaluar la eventual configuración del estado de cesación de pagos, en los términos previstos por el art. 83 de la ley 24522”.

 

En la decisión adoptada el pasado 10 de abril, el tribunal entendió que “sin perjuicio de lo que pudiera decidirse una vez efectuada tal citación, corresponde admitir la apelación en examen”, revocando así la decisión recurrida.

 

 

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