CNV: modalidades de pago para la recepción y entrega de fondos de y hacia clientes

El 14 de septiembre de 2026, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) emitió la Resolución General N° 1166/2026 (la “RG 1166”) mediante la cual se sustituye el artículo 3° de la Sección II del Título XI de las Normas de la CNV (t.o. 2013 y mod.), que regula las modalidades de pago y los procedimientos de control para la recepción y entrega de fondos de y hacia clientes por parte de los sujetos obligados registrados ante la CNV.

 

En efecto, las transferencias –de y hacia una cuenta bancaria de titularidad o co-titularidad del cliente o de una cuenta de pago vinculada a su CUIT– constituyen el único medio para la recepción o entrega de fondos de y hacia los clientes de los sujetos obligados registrados ante la CNV. Por lo tanto, los cheques de cualquier naturaleza, incluido el cheque electrónico, ya no podrán ser utilizados tanto para la recepción como para la entrega de fondos de clientes.

 

 

Bomchil
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