Con fecha 22 de febrero de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución Nro. 151/2021 del Ministerio de Desarrollo Productivo, por medio de la cual se actualiza el valor de la unidad móvil conforme se define en el artículo 85 de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia.
De acuerdo a lo previsto en el referido artículo, el valor de la unidad móvil será actualizado automáticamente cada un (1) año utilizando el indicador oficial de inflación que corresponda. En este sentido, mediante la Resolución 151/2021 se actualizó el monto que fue fijado por la Resolución 13/2020 de $40,61, estableciéndose el valor de la unidad móvil para el año 2021 en la suma de $55,29 (Pesos cincuenta y cinco con veintinueve centavos).
Así, los nuevos umbrales de notificación obligatoria fijados por la ley considerando el nuevo valor de las unidades móviles serían los siguientes:
· El volumen de negocio total del conjunto de empresas afectadas debe superar en el país la suma de $5.529.000.000 (equivalente a 100.000.000 unidades móviles); y
· El monto de la operación o el valor de los activos situados en Argentina que se adquieran o transfieran deben superar la suma de $1.105.800.000 (equivalente a 20.000.000 de unidades móviles), salvo que en el plazo de 12 meses anteriores se hubieren efectuado operaciones que en conjunto superen dicho importe, o el de la suma equivalente a 60.000.000 de unidades móviles, es decir $3.317.400.000 en los últimos 36 meses.
Por su parte, el tope de las multas por conductas prohibidas en el caso de no ser posible determinar el volumen de negocio de las empresas involucradas (artículo 55 de la Ley) resulta actualizado a la suma de $11.058.000.000, correspondientes a 200.000.000 unidades móviles. La multa diaria referida en el mismo artículo (la cual podrá ser de hasta 750.000 unidades móviles diarios), alcanzaría la suma de $41.467.500 diarios.
Esta Resolución Nro. 151/2021 entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Por Jorge Garnier y Laila Yu
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