Ante la pérdida de la filmación de la audiencia de vista de causa debe fijarse nueva fecha

Llegó la causa "G., P. M. c/Metrovías S.A. y otros s/Daños y perjuicios" a la Sala L de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil a los fines de resolver el recurso de apelación interpuesto por la actora contra la decisión mediante la cual se designó nueva audiencia a fin de que prestara declaración la testigo propuesta.

 

Lo cierto, es que el Juzgado de grado informó que al constatarse los registros informáticos de las actuaciones, no se hallaban incorporados los documentos digitales correspondientes a la filmación de la audiencia de vista de causa celebrada.

 

Específicamente "se compulsaron los registros informáticos de estas actuaciones y se constató que no se hallan incorporados los documentos digitales correspondientes a las filmaciones de la audiencia de vista de causa celebrada con fecha 2 de julio de 2019, donde de acuerdo a las actas obrantes en autos se recibiera la declaración de la testigo S V S DNI: 21.029.409 y compareciera el perito ingeniero M Á N. Asimismo se hace saber que en oportunidad de intentar la recuperación de varios archivos correspondientes a documentos realizados en el mes de julio de 2019, se solicitó la colaboración del personal de la Oficina de Sistemas y Tecnología de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, mas pese a los intentos realizados no se pudieron ubicar ni restaurar las filmaciones en la PC correspondiente". 

 

A tal fin, a través de la resolución recurrida se designó nueva audiencia. 

 

La actora se opuso a dicha audiencia designada, en el entendimiento de que debía realizarse la búsqueda de la prueba, tanto de la videograbación como del registro en soporte papel, y en su caso, "procederse a la reconstrucción". 

 

Los camaristas sostuvieron que la búsqueda del soporte papel resultaba materialmente imposible, "siendo que solamente se consignó, en dicho formato, la comparecencia de la testigo, junto con sus datos personales, dado que su declaración fue videofilmada". 

 

Respecto al registro informático, los magistrados resaltaron que no alcanzaba con la mera mención de que el personal de la Oficina de Sistemas y Tecnología de la Cámara no pudo hallarla, dado que se debía adjuntar en autos la alegada respuesta.

 

A su vez, los jueces intervinientes ordenaron librar oficio al Consejo de la Magistratura - Dirección General de Tecnología - a los fines de que buscara el registro y en su caso lo acompañara. 

 

Con el resultado de la mencionada operación, y de ser infructuoso, ahí si "no queda más que designar una nueva audiencia a fin de que declare la testigo". 

 

Los Dres. Liberman, Pardo, Gotardo e Iturbide modificaron el pasado 13 de agosto la resolución recurrida de la manera descripta, considerando que resultaba "el único modo de reconstruir la probanza".

 

 

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