El 12 de noviembre de 2018 se aprobó el Decreto N° 379/18, reglamentación de la Ley No. 19.574, Ley integral contra el lavado de activos.
Son novedades de esta nueva reglamentación para el sector no financiero:
- Los sujetos obligados deben realizar un análisis de riesgos individual del cliente y de las principales características de las operaciones que se proponga realizar, asignando como resultado a cada cliente y/u operación un riesgo algo, medio o bajo, dejando constancia de ello por escrito. Regulación específica por categoría de sujeto obligado.
- Obligación de designar a un Oficial de Cumplimiento como persona encargada de impulsar la implementación de los procedimientos y las obligaciones en materia de prevención del lavado de activos. Los sujetos obligados deben registrarse ante la Secretaría Nacional para la lucha contra el lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT).
Por Carla Arellano
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