Autorizan Cambio de Sexo y Rectificación de la Partida de Nacimiento
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil decidió dejar sin efecto una resolución de primera instancia que rechazaba la autorización de cambio de sexo y la rectificación de la partida de nacimiento, al considerar que en el presente caso no resulta necesaria una autorización judicial, debido a que no se solicitaba la ablación de órganos alguna. En el presente caso, la actora experimenta disforia de género como transexual genuina, no padeciendo enfermedades mentales y encontrándose avanzadas las cirugías a las que se sometiera con anterioridad a la causa. Los jueces que componen la Sala D, decidieron autorizar el cambio de sexo y la  modificación de la inscripción registral que surge de la partida de nacimiento de la actora, sustituyéndose el nombre y el sexo femenino por el masculino. Los magistrados expusieron que de acuerdo a lo dictaminado por el Cuerpo Médico Forense, no se solicita la ablación de órganos, sino sólo la colocación de prótesis pendientes, resultando según su criterio, innecesaria la autorización judicial al respecto. En los autos caratulados “A.Z.B. s/ autorización s/ proceso especial”, el voto mayoritario consideró que correspondía hacer lugar a dicho pedido, debido a que existe una realidad jurídica y otra cotidiana, destacando que el mundo cotidiano, los sentimientos y el entorno social de la actora, se contradicen con lo indicado en su partida de nacimiento. En el fallo emitido el pasado 1 de mayo, los camaristas destacaron que hace un tiempo la actora se había sometido voluntariamente a una cirugía en un país limítrofe para alterar su sexo anatómico, debiendo adoptar los jueces una  decisión concreta ante la problemática que la afecta.

 

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