En el día de ayer, el Senado Nacional aprobó por unanimidad un proyecto de ley que establece la creación de un registro nacional de deudores de cuotas alimentarias, imponiendo una serie de restricciones a quienes se encuentren anotados en tal registro.
Cuando medie mora en el pago de las cuotas alimentarias de tres meses consecutivos o cinco alternados, una resolución judicial deberá ordenar la inscripción en el registro, luego de que el pago haya sido debidamente intimado.
La base de datos de los deudores alimentarios será pública, debiendo ser consultada antes de la realización de trámites personales así como en caso de inscripción para candidaturas políticas y en el Poder Judicial, estableciendo entre las restricciones que aquellos que no posean el comprobante de libre deuda, se verán imposibilitados de postularse a cargos partidarios o públicos electivos, a la vez que tendrán bloqueado el acceso a la expedición o renovación de pasaportes y licencias de conducir.
Los morosos no podrán abrir cuentas bancarias ni gestionar concesiones, licitaciones o permisos públicos, así como tampoco la habilitación para la apertura de comercios o industrias.
El proyecto aprobado por el Senado que ahora deberá ser tratado por la Cámara de Diputados establece que la información deberá estar disponible para su consulta en una página de Internet, teniendo el registro la obligación de responder a los pedidos de informes en un plazo que no supere los diez días, así como la expedición de certificados de libre deuda.
Si bien en la actualidad existen varias provincias que cuentan con registros similares, la iniciativa obligará a unificar la información existente en cada uno de ellos, e incluir en una gran base de datos de alcance nacional.
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