El 20 de julio de 2023, mediante la Comunicación “A” 7810, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) incorporó nuevas restricciones para acceder al mercado de cambios y operar con títulos valores para los beneficiarios de ciertos créditos que otorga la Administración Nacional de Seguridad Social.
La Comunicación estable que, hasta cancelar su deuda, las personas humanas beneficiarias del Programa “Créditos ANSES” –que otorga créditos para beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino, Asignación Universal por Hijo, Pensión de Guerra, entre otros– no podrán:
1) Acceder al mercado de cambios para comprar moneda extranjera y así formar activos externos de residentes, remitir ayuda familiar y operar con derivados.
2) Operar con títulos valores para:
- vender en el país títulos valores con liquidación en moneda extranjera;
- canjear títulos valores emitidos por residentes en activos externos;
- transferir títulos valores a entidades depositarias del exterior;
- adquirir en el país títulos valores emitidos por no residentes con liquidación en ARS;
- adquirir certificados de depósitos argentinos representativos de acciones extranjeras (CEDEAR);
- adquirir títulos valores representativos de deuda privada emitida en jurisdicción extranjera;
- entregar fondos en moneda local y otros activos locales a cualquier persona humana o jurídica, y recibir como contraprestación activos externos, criptoactivos o títulos valores depositados en el exterior.
Por Roberto E. Silva (h.), Francisco Abeal y Juan M. Diehl Moreno
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