Breve análisis del mercado de pagos. Necesidad de competencia con nuevas ideas
Por Mariano Andrés Padula
Hanono, Ricagno & Rometti Abogados

Lo que hasta hace pocos años no era un tema siquiera a tratar, hoy pasan a ser grandes discusiones con válidos interlocutores que no siempre están en consonancia entre ellos. Comenzaré adelantando que esto es bueno, sano, donde cada uno deberá encontrar su lugar en dicho mercado.

 

No dejará de asombrarme la vorágine de los cambios y adelantos tecnológicos que vivimos a diario, que conllevan a tener que acostumbrarse que las novedades son parte de cualquier día laboral. Estas novedades tecnológicas ya no son como antaño que podían formar parte de un “pasatiempo” sino que son novedades o avances en la tecnología que llevan a una necesidad de acomodamiento o de reingeniería en las empresas que deben adaptarse a diario. Actualmente el tren laboral para ser competitivo no se pierde porque una empresa no se ha aggiornado en los últimos años sino que en meses o semanas puede quedar vetusta.

 

Pero lo que -tal vez- no se llega a comprender es que no se puede pensar en detener dichos progresos o desarrollos para poder analizarlos, la realidad lleva a tener que examinarlos y adaptarse al momento, buscar una solución y que la misma sea moldeada a la necesidad del cambio. Reingeniería que ha alcanzado a todos los mercados, incluso al mercado de pagos que está íntimamente relacionado con el sistema financiero-legal.

 

Durante cientos de años se ha pagado con monedas, luego llegó la tarjeta de crédito -que en un principio era “exclusiva” para un sector social determinado- para pasar a ser masiva, y de golpe en la misma generación ha ingresado la tarjeta de débito, las transferencias bancarias masivas, los pagos por internet desde computadores personales de escritorio, para luego poder abonarse con “monederos virtuales” a través del celular o tan sólo pagar apoyando el teléfono celular en una terminal. Parece bastante, pero es en la misma generación que están apareciendo las monedas virtuales o “criptomonedas” -que son monedas de intercambio virtual- como el “bitcoin”[i], “Ehtereum”, “Monero”; “IOTA” y demás monedas virtuales que quieren aparecer no ya sólo como monedas de ahorro o de inversión[ii] sino para pasar a ser protagonistas en el mercado de pagos.[iii]

 

Repito, pensemos que durante centenares de años existió el pago con “moneda” y en una generación (que se considera aproximadamente 30 años) ha habido más cambios que en los últimos cientos de años. Y falta… todavía faltan muchos más cambios en el mercado de pagos.

 

Es claro que la flexibilización legal está buscando su lugar en este mercado, pero -mera opinión- la misma se ve demorada porque la legislación tiene que venir a solucionar un problema o un vació y cuando llega, muchas veces la necesidad de solución o vacío ya mutó o es claramente distinta la problemática. Así, el problema es que a medida que se analizan cambios o se busca una flexibilización legal para el mercado de pagos, no llega a terminar de consensuarse en la discusión legislativa que aparece un participante nuevo o un nuevo tema a regularse. Vale decir la vorágine les llega a todos los sectores y la flexibilización legal cuando termina de aprehender un sistema para legislarlo ya se encuentra que en el mismo segmento aparecieron nuevos participantes y novedosas formas de pagos. Siempre la regulación llega después de las ideas, negocios y desarrollos.

 

Atento a lo antes expuesto, las empresas de pagos -empresas varias y/o bancos comerciales- deberían esperar menos de la flexibilización legal para salir a competir con nuevas ideas en el mercado de pagos, ideas innovadoras que deben ir adaptándose a los cambios, que no pueden tener un protagonista dentro de la organización sino que es necesario un grupo interdisciplinario para ello y que requiere del esfuerzo en conjunto de todos los sectores de la empresa. Imaginemos una mesa redonda donde un abogado pueda desarrollar una idea certera y harto analizada que deberá el ingeniero en sistemas poder desarrollar, con el contador que deberá idear la forma de poder liquidar esos pagos en el sistema contable; el sector de marketing pensará como inmiscuirse en dicho mercado para ver si será “vendible”… y así, cada vez el equipo interdisciplinario va creciendo. Hace algunos años un CEO planteaba la idea y luego se aplicaba, hoy esto ha cambiado y mucho.

 

Las ideas deben ser innovadoras y acordes al derecho, apuntando a un derecho como una herramienta -fundamental- pero herramienta al fin. “El derecho se aprende estudiando pero se ejerce pensando” aprendí de un excelente catedrático, y es así. Debemos entender al derecho como una herramienta que no es una caja cerrada donde nada se flexibiliza, sino como una herramienta que no puede abarcar en lo particular todos los progresos tecnológicos porque casualmente dicha legislación fue escrita para abarcar generalidades en la mayoría de los casos y no casuística específica.

 

La vorágine de todos estos cambios no es compatible con los procesos legales rígidos que en muchas ocasiones deben aplicarse. Es claro que ante un proceso judicial sobre “sucesión” tendremos un proceso rígido, pero ante un mercado de pagos no existe nada rígido, prueba de ello son los cambios abruptos que hemos destacado más arriba y se han llevado a cabo con la regulación legal existente. No nació el mercado de pagos virtual luego de la legislación creativa, sino que fue a la inversa, nace la idea de pago virtual para generar un mercado sin límites y -es claro- que nunca pidió permiso. Vale decir, pueden existir diferentes problemáticas en el mercado de pagos -como el uso del dinero depositado en la cuenta de pago- pero es innegable que existe la ventaja fáctica de haberse hecho camino dentro del derecho con ideas innovadoras. Pues la empírica casuística marca un camino, los problemas pueden solucionarse de la misma manera, con ideas innovadoras que -como antes- estarán dentro del derecho, que será una herramienta para darle un marco a dichas ideas.

 

Es que parece claro que la flexibilización legal -si llega- llegará un paso atrás, porque la vorágine del avance en el mercado de pagos de la mano de la tecnología nos ha demostrado que va un paso adelante, por lo menos.

 

La vorágine genera vértigo, el que no se adapta pierde mercado. ¿Quién lo dice? “El mercado”.

 

Por ello si la legislación no llega a flexibilizar el mercado serán las propias empresas las que deberán encontrar una forma de flexibilizarlo, porque la legislación no nace para regular algo que no se conoce, sino emerge para regular, casualmente, lo que no existía y debe regularse.

 

IDEAS. Y sí, serán las ideas innovadoras las que harán la diferencia. Debemos partir de la base que muchas veces se olvida en el mercado que es la propia Constitución Nacional que esgrime en su Art. 19: “(…) Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.” Si la ley o marco regulatorio no prohíbe un mercado virtual de pagos con diferentes formas de aplicarlas en el abanico de quienes deseen emplear su uso, deberá aplicarse el principio de la legalidad y luego -si lo cree conveniente- será el propio estado quién deberá salir a regularlo, pero entendamos que el principio es que en nuestro país, constitucionalmente, tenemos como principio general la posibilidad de generar nuevos negocios, formas y aplicaciones virtuales porque así lo han pretendido nuestros constitucionalistas. Sin ideas innovadores ni emprendedores ningún país avanza hacia obtener una mejor calidad de vida, y es claro que mercado hay para todos los participantes.

 

IDEAS. Tomando la enorme cantidad de información con la cual cuenta actualmente el mercado de pagos, existen miles de usuarios entre 20/40 años que han crecido en una sociedad de consumo, donde cada día son más las ofertas para consumirlo que el consumidor cobró o lo que se cobrará en el futuro -Tarjetas de Crédito- (o en el “más allá”), que poco conocen del concepto “Ahorro”. Pues estos mismos mercados de pagos con sus “Billeteras Virtuales” o similares, podrían ofrecer un sistema de asesoramiento sobre la posibilidad de AHORRO del futuro comprador donde le ofrezcan ratios financieros de cuánto tiempo/monto necesita “ahorrar” en su cuenta del mercado y al momento de haber completado su ahorro obtener el producto. Si a ello se le asegura al comprador que se le “reserva” el producto -con alguna multa si no cumple como cláusula penal contractual- sería superador, generando un beneficio para el comprador que sabe que tendrá el producto sin abonar intereses en tal o cual momento, y beneficioso para el vendedor que podrá prever lo que venderá a futuro -o cobrará en concepto de multa-. Además, un nuevo negocio para la empresa prestadora que habrá logrado otro tipo de operación de venta dentro de su mercado en base a un consumidor que de no ser por este sistema no habría comprado.

 

Las herramientas están, los participantes también, sólo resta que se puedan ofrecer diferentes formas para adquirir el producto utilizando al derecho como una herramienta flexible y capaz de dar verdaderas soluciones a la economía de un mercado de pagos que no esperará a nadie.

 

 

Citas

[i] Primer “moneda virtual” nacida en el año 2009.
[ii] www.coinmarketcap.com
[iii] “Cabe pensar también que podrían generarse diferentes criptomonedas para distintos sectores de la economía (como ya ocurrió con el bilur para el petróleo) y así podrían aparecer: una moneda única para las operaciones inmobiliarias; otra para las del comercio exterior; otra más para las operaciones bursátiles; etc. etc. Este nuevo dinero ha provocado esa disrupción en el mundo, de la que hablábamos al comienzo. O sea que se rige por principios y reglas que difieren profundamente de los anteriores. Aquí ya no hay más curso legal, ni curso forzoso, ni moneda de papel, ni papel moneda, tampoco es susceptible el bitcoin de depreciación, ni de devaluación monetaria, entendiéndose por ésta la que se produce por un acto de gobierno, mientras que la primera ocurre de hecho por el propio accionar de los operadores económicos.” - http://abogados.com.ar/hacia-un-nuevo-sistema-monetario-mundial/21127 ¿Hacia un nuevo sistema monetario mundial?- Por CARLOS GUSTAVO GERSCOVICH.

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