Cambios en materia de tenencia de moneda extranjera por parte de FCI

El 23 de abril de 2020 la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) emitió la Resolución General N° 835/2020 (la “Resolución”) mediante la cual modificó las limitaciones en materia de liquidez y disponibilidades aplicables a los fondos comunes de inversión abiertos (excepto los denominados “money market”):

 

1) Todos los FCI en general puedan mantener hasta el 100% (cien por ciento) del patrimonio neto en pesos o cuotapartes de fondos money market.

 

2) Aquellos FCI denominados en moneda extranjera, puedan mantener hasta el 100% (cien por ciento) del patrimonio neto en tal moneda, tanto en cuentas locales o del exterior.

 

3) Aquellos FCI denominados en moneda extranjera pero que poseen cuotapartes que se suscriben en pesos, pueden mantener hasta el 25% del patrimonio neto en la moneda del fondo, tanto en cuentas locales como del exterior. Esta limitación no alcanza a aquellos FCI autorizados en el marco del blanqueo dispuesto por la Ley 27.260 ni a los montos depositados correspondientes a cuotapartistas no reperfilados bajo los Decretos 596/19 y 141/20.

 

Por otro lado, aquellos FCI en pesos que tengan divisas como activo de inversión, sólo podrán invertir en ellas hasta el 25% de su patrimonio neto, debiendo estar depositadas en cuentas locales o del exterior. Esta limitación no alcanza a los montos depositados correspondientes a cuotapartistas no reperfilados bajo los Decretos 596/19 y 141/20.

 

Las sociedades gerentes deberán cumplir con los nuevos límites según un cronograma de adecuación que finaliza el 15 de mayo de 2020.

 

Por Marcelo R. Tavarone, Federico Salim, Julieta De Ruggiero y Matías Otero

 

 

Tavarone, Rovelli, Salim & Miani - Abogados
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