En el marco de la causa Thales Spectrum, donde se investiga una presunta defraudación al Estado en la privatización del espacio radioeléctrico, la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal consideró inadmisible un recurso de casación presentado por la defensa del ex presidente Carlos Menem contra la resolución del mismo tribunal que confirmó la decisión del magistrado instructor que no hizo lugar al planteo de extinción de la acción penal por prescripción.
Los jueces que integran la Sala II resolvieron que el recurso debía ser rechazado debido a que la resolución cuestionada no era de aquellas mencionadas en los artículos 457, 459 y subs. del Código Procesal Penal de la Nación “a partir de lo cual no resulta del caso determinar para la procedencia del recurso casatorio si se dan o no los supuestos taxativamente contemplados en el artículo 456 de aquel cuerpo legal, pues para abrir la mencionada vía extraordinaria, tales requisitos deben reunirse concomitantemente”.
En tal sentido, los camaristas expusieron que “las decisiones que no hacen lugar a la prescripción de la acción penal no constituyen, por regla, sentencia definitiva, ni son tampoco de aquellas a las que la ley acuerda el mismo carácter”, agregando que “si bien se han admitido excepciones a tal criterio, el recurso presentado por la defensa carece de argumentos suficientes para fundar que el caso de autos constituya uno de ellos, lo que torna formalmente improcedente a la presentación que se analiza”.
En la resolución dictada el pasado 16 de julio en la causa en la que el ex presidente se encuentra acusado junto a otros ex funcionarios por defraudación a la administración pública, los jueces Horacio Cattani y Martín Irurzun resolvieron declarar inadmisible el recurso de casación presentado por la defensa.
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