El objeto del amparo es la declaración de inconstitucionalidad del art. 151 del DNU 70/2023, que derogó la ley 26.737 que estableció un régimen de protección al dominio nacional sobre la propiedad de tierras rurales.
La CSJN revocó la sentencia de la Cámara por considerar que la actora carecía de legitimación para accionar y que no hay caso, causa o controversia pues lo que persigue es solo el control de legalidad de la norma.
Señala la ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo.
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