Estudio Marval, O’Farrell & Mairal
Departamento de Derecho Laboral
Responsable Dr. Javier E. Patrón
Con motivo del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas a llevarse a cabo el 27 de octubre de 2010, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en forma conjunta con el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, mediante resolución publicada en el Boletín Oficial el 20 de octubre de 2010, entendiendo que dicho día reviste la calidad de Feriado Nacional, han establecido lo siguiente:
Se dispone la prohibición para ocupar trabajadores en la actividad de comercio en general hasta las 20 horas del día 27 de octubre de 2010. Asimismo quedan prohibidas hasta la misma hora las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y, en general, toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y, en general, todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes permanecerán cerrados hasta las 20 horas.
La violación a lo dispuesto será considera infracción grave y sancionada con multa de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250) a PESOS MIL ($ 1.000) por cada trabajador afectado por la infracción.
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