Conceden Medida Cautelar para Reajustar Haber Jubilatorio de Acuerdo al Fallo Badaro

La Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social ratificó una resolución de primera instancia que hizo lugar a la medida cautelar solicitada para reajustar el haber previsional de acuerdo a lo establecido en el fallo Badaro, teniendo en cuenta para ello el grave estado de salud del actor.

 

En la causa “C., H. N. c/ ANSeS s/ incidente”, la demandada apeló la resolución de primera instancia al considerar que no se dan los presupuestos básicos exigidos por el artículo 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para su procedencia.

 

Los jueces de la Sala II si bien recordaron que en casos análogos se habían expedido por la improcedencia de la pretensión, en el presente caso señalaron que “dadas las particulares circunstancias de la causa, como son el grave estado de salud del actor -padece "carcinoma de vejiga"- "carcinoma urotelial de alto grado" fs. 84/86- y avanzada edad del mismo-, dichas razones aconsejan exceptuar el criterio por mí sostenido y hacer lugar, en este particular caso, a la medida cautelar solicitada”.

 

En la sentencia del, los jueces resaltaron que de acuerdo a lo que surge de la sentencia apelada “el monto jubilatorio que percibe el accionante se encuentra alcanzado por los beneficios de la doctrina sentada en el precedente "Badaro" ut supra citad”, por lo que decidieron confirmar el monto apelado.

 

 

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