Condenan al Gobierno Porteño y a una Empresa de Energía Eléctrica por la Muerte de una Yegua en la Vía Pública
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil decidió condenar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a una empresa de energía eléctrica a indemnizar a un hombre que sufrió la muerte de su yegua como consecuencia de una descarga eléctrica desde una columna situada en la vía pública. Los miembros de la Sala F, en los autos caratulados “Sanz, Jorge Alberto c/ Mantelectric I.C.I.S.A. y otros s/ daños y perjuicios”, ratificaron la sentencia de primera instancia, ya que entendieron que existió un vicio de la cosa, lo cual tornaba aplicable lo dispuesto por el artículo 1113 del Código Civil. Los camaristas, expresaron que el daño se produjo como consecuencia del desperfecto que presentaba la columna de alumbrado público, por lo cual, consideraron que no resiste el menor análisis la postura de la accionada, según la cual, el accidente se produjo por culpa del actor debido a haber circulado por un lugar prohibido. Con relación  la responsabilidad del Gobierno porteño, los magistrados, expresaron que al ser las columnas un accesorio del dominio público, es su responsabilidad la adopción de las precauciones necesarias para evitar que se produzcan daños sobre las personas o las cosas. Es decir, según los camaristas, la responsabilidad del gobierno porteño se basa en su omisión del deber de policía. Los letrados, manifestaron que la indemnización establecida en primera instancia era excesiva, debido a que para calcularla, había que tener en cuenta la repercusión en el espíritu y en los sentimientos del propietario del animal  que causó la muerte de la yegua. Por ello, consideraron que la indemnización de 30.000 pesos expresada en la resolución de primera instancia era excesiva, por lo que la redujeron a 5.000 pesos.

 

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