Fallos
Jueves 08 de Abril de 2010
Confirman Falta de Mérito para los Imputados por la Inspección de la AFIP a Clarín
En el marco de la causa iniciada a raíz de la inspección que realizó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la sede del diario Clarín en septiembre del año pasado, la Cámara Federal porteña confirmó la falta de mérito dictada sobre los ex funcionarios del organismo recaudador Andrés Vázquez y Sergio Mancini con relación al posible delito de “desvío de poder”.
En la indagatoria, los imputados alegaron la legitimidad del procedimiento realizado, explicando que el mismo obedece a la actividad propia del organismo de control sobre los contribuyentes, no existiendo ningún propósito diferente.
El juez de primera instancia había decretado la falta de mérito basándose para pronunciarse de tal manera en la declaración de los imputados y en las pruebas aportadas sobre la legalidad del operativo realizado.
Tras la apelación de la querella, los jueces que integran la Sala II confirmaron el pronunciamiento indicando que “las evidencias hasta aquí colectadas no alcanzan a superar o derribar las sospechas que rodean al suceso investigado en esta causa. Por el momento, puede decirse que, normativamente, los imputados poseían facultades formales para proceder del modo cuestionado.”
Sin perjuicio de ello, los camaristas expresaron que “ello no elimina la posibilidad de que se haya cometido un delito, pues la figura del art. 248 del C.P. (desvío de poder) contempla el uso incorrecto, arbitrario o improcedente de una facultad jurídica”.
A su vez, los jueces ordenaron avanzar con la investigación para determinar si hubo “desvío de poder” en la inspección realizada en la sede del multimedio, para lo que solicitaron que se obtengan todas las filmaciones realizadas por los medios televisivos acerca de los acontecimientos, por lo que tanto Vázquez como Mancini continuarán siendo investigados.
En la indagatoria, los imputados alegaron la legitimidad del procedimiento realizado, explicando que el mismo obedece a la actividad propia del organismo de control sobre los contribuyentes, no existiendo ningún propósito diferente.
El juez de primera instancia había decretado la falta de mérito basándose para pronunciarse de tal manera en la declaración de los imputados y en las pruebas aportadas sobre la legalidad del operativo realizado.
Tras la apelación de la querella, los jueces que integran la Sala II confirmaron el pronunciamiento indicando que “las evidencias hasta aquí colectadas no alcanzan a superar o derribar las sospechas que rodean al suceso investigado en esta causa. Por el momento, puede decirse que, normativamente, los imputados poseían facultades formales para proceder del modo cuestionado.”
Sin perjuicio de ello, los camaristas expresaron que “ello no elimina la posibilidad de que se haya cometido un delito, pues la figura del art. 248 del C.P. (desvío de poder) contempla el uso incorrecto, arbitrario o improcedente de una facultad jurídica”.
A su vez, los jueces ordenaron avanzar con la investigación para determinar si hubo “desvío de poder” en la inspección realizada en la sede del multimedio, para lo que solicitaron que se obtengan todas las filmaciones realizadas por los medios televisivos acerca de los acontecimientos, por lo que tanto Vázquez como Mancini continuarán siendo investigados.
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