Por medio de un comunicado difundido en el día de ayer, el ministro de Salud de la Nación, Juan Manzur manifestó que nunca firmó la resolución 1184 sobre la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles, ratificando el funcionario que el protocolo en cuestión rige desde 2007.
A pesar de la aclaración realizada por el ministro en el día de ayer, la directora del Programa Nacional de Salud, Paula Ferro, había anunciado el pasado martes que el ministro había elevado la guía al rango de resolución ministerial, resultando llamativo que ese protocolo estaba vigente desde el año 2007, elaborado durante la gestión de Ginés González García.
Según publicó el diario Clarín en su edición de hoy, en el día de ayer, los voceros del Ministerio de Salud afirmaron que Ferro se había equivocado, lo cual causó una gran confusión sobre todo en los ministros de salud del interior, a quienes no les quedaba claro el carácter de lo que se estaba comunicando.
El texto en cuestión interpreta las excepciones a la penalización del aborto, las cuales se encuentra previstas en el artículo 86 del Código Penal, estando dirigido a los jefes de servicios de ginecología y obstetricia de hospitales públicos, incorporando la versión publicada fallidamente la posibilidad de presentar una declaración jurada en caso de que las embarazadas tras una violación no cuenten con una denuncia judicial o policial para la práctica de un aborto, regulando enfáticamente la objeción de conciencia, a la vez que modifica los plazos para la práctica de un aborto no punible de cinco a diez días siguientes a la solicitud.
"Se hará lo que estipula el Código Penal. Si la mujer cumple con las normativas vigentes en la ley, se le hará el aborto. Lo único que yo aclaré es que no hay una resolución ministerial en este contexto", dijo Manzur, quien ratificó la vigencia de la guía, de acuerdo a lo publicado por el diario La Nación.
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